Las entidades financieras han sido, por una parte las que impulsaron la economía, pero por otra, el motor que aceleró el proceso de endeudamiento de millones de familias pertenecientes a una clase media, actualmente cada vez más empobrecida por la colocación de productos tóxicos que hicieron mella en la economía de miles de familias.
Endeudaron a sus clientes mediante todo tipo de préstamos. A su vez se endeudaron algunas entidades en el mercado financiero emitiendo bonos hipotecarios. Para poder desprenderse de los activos, los préstamos, las Entidades de Crédito tienen que de alguna forma venderlos a terceros. Y se hace a través de un vehículo de inversión que son los “Fondos de Titulización”
La Entidad de Crédito originadora de los préstamos transfiere el riesgo de crédito de sus préstamos hipotecarios de su cartera de inversiones crediticias generalmente a un “Fondo de Titulización Hipotecaria”. Para ello emite las “Participaciones Hipotecarias”, que no están registradas en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD. Formalmente no cambia el acreedor hipotecario y la garantía sigue estando a nombre de la Entidad de Crédito.
La legislación anterior a la Ley 5/2015 de emprendedores preveía expresamente que la Entidad de Crédito no necesita comunicar al cliente la cesión del crédito. Las escrituras de constitución de los FTH y FTA están registradas en los registros especiales de la CNMV pero no están disponibles en la web.
El hecho de que la Entidad que tiene concedido un préstamo, lo vende a un Fondo, normalmente por un precio muy inferior al que tiene, con lo que usted, si es titular de unos de esos préstamos cedidos, sigue debiendo lo que debía a alguien que ha podido pagar hasta un 75% de lo a Vd. le puede reclamar.
Por ello, hágase las siguientes preguntas:
- ¿Tiene usted contratado con alguna entidad financiera o bancaria un préstamo hipotecario con la garantía de su vivienda, solar o nave?
- ¿Quiere saber si su entidad bancaria o financiera ha cedido el crédito a un tercero por menos valor del que usted debe actualmente?
- ¿Sabe que si es así, usted puede reducir la deuda o comprar el crédito si se cumplen determinadas condiciones?
- ¿Le han puesto ya una demanda de ejecución por impago de cuotas y su préstamo se ha cedido a un fondo de inversión (fondo buitre) por menos dinero de lo que le queda por pagar?
- ¿Sabe Vd. Que una vez pueda saber que su préstamo lo tiene un tercero, y lo ha adquirido por el 50% de su valor o por menos, Vd. puede quedarse con el préstamo por el mismo importe que lo compró ficho fondo, más los gastos que haya tenido y reducir la deuda en un 50 % o más, dependiendo del precio por el que se cedió?
Si le interesa conocer sus derechos y que éstos no sean pisoteados de nuevo por las Entidades Bancarias o por los Fondos Buitre, póngase en contacto con nuestros despachos de Barcelona y Mora d’Ebre, llámenos y le asesoraremos ANTES DE QUE CEDA SU VIVIENDA POR DACIÓN EN PAGO, O PARA EL PAGO.